El 24 de septiembre de 2010, la Secretaria del Departamento de la Seguridad Nacional, Janet Napolitano, firmó el reglamento final sobre el establecimiento de nuevos honorarios de inmigración, que incluyó un honorario especial de #165 dólares para aquellos solicitantes de visas de inmigrantes aprobados en las legaciones consulares estadounidenses a través del mundo. Este honorario en particular, entró en vigencia el primero de febrero de 2013. Su propósito es cubrir los costes relacionados al procesamiento de las tarjetas de residencia legal permanente.
Están exentos de pagar, niños beneficiados con visas de inmigrantes a partir de un proceso de adopción o clasificados dado su condición de orfandad; residentes especiales iraquíes y afganos, prometidos/as, e inmigrantes re-admitidos luego de pérdida de residencias por abandono.
El pago se hará una vez el solicitante de visa de inmigrante es aprobado y recibe un paquete conteniendo documentos de registro de residente. Es decir, pagará el honorario antes de salir de su país de origen o del país donde le concedan la visa de residencia. El pago es electrónico, a través de www.uscis.gov/immigrantfee, que es un enlace a un portal de la Administración Financiera del Departamento del Tesoro, que está disponible las 24 horas de cada día los 7 días de la semana, excepto durante el tiempo de mantenimiento, que es cada domingo de 2:00am a 6:00am.
La manera de pago es mediante tarjetas de crédito o de débito, Visa, MasterCard, AmericanExpress, y Discover. Las tarjetas de ATM y de débito que no tengan logos “MasterCard”, “Visa”, AmericanExpress”, o “Discover”, no son aceptadas como medios de pago.
Debe asegurarse de imprimir la confirmación de pago o el recibo correspondiente, y si tiene problemas, podría comunicarse a Pay.gov, llamando al Centro de Apoyo al Cliente, números 800-624-1373 (opción 2), 216-579.2112 (opción 2), email: pay.gov.clev@clev.frb.org
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· Por Luis Peralta. Representante Acreditado. Diócesis Católica de Providence. 401-421.7833